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Al no respetar promoción en venta de LCD.
A pagar una indemnización y una multa condenó la justicia a la multitienda ABCDIN, por el uso de publicidad engañosa.
Los hechos se arrastran desde el día del padre del año 2010, fecha en que la casa comercial realizó la promoción “más chilenos que nunca: especial día del padre”; ocasión en la cual por la compra de un LCD de 32 o más pulgadas en 3 o más cuotas se regalaba un Taca Taca. Paralelo a ello, ABCDIN promocionaba un descuento de un 10% en el total de la primera compra realizada con la tarjeta de la multitienda.
Fue así que el cliente al hacer efectivos sus beneficios en caja, se llevó la desagradable sorpresa de que sólo podía optar al descuento, porque no se podía acceder a las dos promociones de forma simultánea.
Al respecto Jorge Godoy director regional del Sernac, explicó que las dos promociones no eran excluyentes, toda vez que la folletería promocional exhibida, no precisaba tal situación.
“Argumentaron que al acceder a la promoción de diez por ciento de descuento por primera compra, no podía llevarse el taca-taca. El Sernac argumentó que ambas promociones no eran excluyentes, por lo que debían respetarse, cosa que fue confirmada por la Corte de Apelaciones de la ciudad”.
Al sentir que sus derechos habían sido vulnerados, el consumidor interpuso un reclamo en el Sernac, organismo que tras realizar una mediación sin resultados favorables para el consumidor, denunció el hecho ante la justicia.
Después de un año de tramitación, la corte de apelaciones de Coyhaique determinó que ABCDIN debía pagar una indemnización de $170 mil al consumidor y a una multa de 20 U.T.M. (cerca de $760 mil) al no cumplir la promoción ofrecida al comprar un televisor LCD.
Godoy explicó que a juicio del Sernac, la empresa cometió publicidad engañosa e infringió la Ley del Consumidor. Agregó que las empresas en su publicidad no pueden inducir a error o engaño a los consumidores. “La condena en este caso se refiere a una indemnización de unos 170 mil pesos al consumidor, además de una multa de 20 UTM, que son cerca de 700 mil pesos a la empresa, dado que hubo publicidad engañosa”.
Finalmente el director regional del Sernac, indicó que la información que se anuncia en la publicidad debe estar disponible y claramente legible y comprensible, antes de que el consumidor tome la decisión de compra.
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