La Fiscalía presentó un recurso de apelación en la corte de Coyhaique, con el que buscaba revertir las medidas cautelares decretadas por el Juzgado de Garantía, en contra del ex alcalde de Coyhaique Alejandro Huala y su ex director de SECPLAC, Julio Villaroel, quienes fueron formalizados por los delitos de cohecho y soborno, en el caso luminarias.
Esta mañana se realizó la audiencia donde se escucharon los alegatos tras esta solicitud de revocar la medida cautelar de arraigo comunal y decretar la prisión preventiva para la ex autoridad comunal, por lo que el Ministerio Público insistió en que la gravedad de los delitos de corrupción, son suficientes para poder determinar su prisión preventiva.
El abogado argumentó que “El señor Huala tiene 51 operaciones sospechosas de depósito en efectivo y que exceden los 72 millones de pesos. El señor Villarroel, 17 operaciones sospechosas por más de 30 millones de pesos”.
“No solo aceptan dinero, solicitan dinero, sino que violan secretos, ya que dan a conocer bases que después iban a ser publicadas. Además, intentan extender el ámbito de la corrupción a otros municipios de la región, lo cual es de la mayor gravedad. A juicio de la Fiscalía la prisión preventiva es la única medida cautelar que puede asegurar suficientemente los fines del procedimiento, en ningún caso el arraigo comunal atendía la gravedad de los hechos de corrupción”, argumentó el abogado Luis Soto Becerra.
En tanto, desde la defensa aseguraron que no era justo que quienes idearon la forma para cometer el delito estén con una medida menor que aquellos que recibieron los sobornos.
“Por acuerdo, las personas que idearon esta asociación ilícita, que es ITELECOM, en la ciudad de Santiago, que han realizado delitos a lo largo de todo Chile, estén en este momento con arresto domiciliario y se esté pidiendo respecto de mi representado la prisión preventiva. Resulta totalmente injusto, desproporcionado e innecesario, porque ya se han realizado todas las diligencias necesarias, se han abierto todas las cuentas, se han realizado todas las interceptaciones, mi representado de ninguna manera podría influir negativamente en la realización de futuras diligencias”, aseguró el abogado Néstor Gómez.
Tras los alegatos, los Ministros de la Corte de Apelaciones decidieron rechazar la apelación deducida de la Fiscalía y confirmar la medida cautelar de arraigo comunal para los imputados.
“La resolución de esta Corte es la siguiente. Estimándose que la medida cautelar de arraigo cautelar decretada en contra de los imputados aparece proporcionada en relación a los ilícitos con los que se les ha formalizado. Esto es cohecho y violación de secreto, cuyas sanciones establecidas en nuestra legislación son las de reclusión menor en su grado medio y reclusión menor en su grado mínimo a medio y multa, respectivamente. Es decir, los delitos imputados no tienen asignada pena de crimen en la ley que los consagra”, agregó la presidenta de la corte Natalia Rencoret.
En la audiencia también se hizo parte de esta reclamación de la Fiscalía, el Consejo de Defensa del Estado, quienes actúan como parte querellante de la causa.