SMA Formula cargos por incumplimientos ambientales con minera Cerro Bayo

La Superintendencia del Medio Ambiente (SMA), inició un procedimiento sancionatorio contra la Compañía Minera Cerro Bayo emplazada en Chile Chico, por distintos incumplimientos a sus Resoluciones de Calificación Ambiental, arriesgando una multa de hasta 17 mil Unidades Tributarias Anuales (UTA), lo que equivale a más de 13 mil millones de pesos aproximadamente.

Los incumplimientos fueron constatados en diversas fiscalizaciones, destinadas a supervisar algunas denuncias recibidas por eventual contaminación del aire y daños a la flora y fauna del lugar.

En ese sentido, se les formularon cuatro cargos, relacionados primero, a incumplimientos de las medidas de control de emisiones de material particulado, luego que se constatara que el sistema de supresión de polvo instalado en el tranque de relaves, no cubre la totalidad del área no inundada, por lo que no se logra la humectación. Asimismo, se pudo advertir que el sistema implementado por la empresa no opera de forma continua, incumpliéndose el deber de mantener, de forma permanente y bajo cualquier eventualidad, la humectación de la cubeta del tranque de relaves vinculadas a la extracción y producción de concentrado de oro y plata, que se encuentran ubicadas en el sector de Laguna Verde.

Óscar Leal, jefe oficina SMA Aysén 

El segundo cargo -clasificado como gravísimo- se debe al incumplimiento de las medidas de seguimiento de la calidad de las aguas subterráneas al no haber efectuado los monitoreos comprometidos en dos de los pozos de control.

El tercer y cuarto cargo, se relacionan al incumplimiento de las medidas destinadas a la revegetación de las áreas intervenidas del proyecto y por no haber reportado a la Superintendencia del Medio Ambiente, los informes de monitoreo de la calidad química del suelo y de la vegetación durante los años 2021, 2022 y 2023. 

Óscar Leal, jefe oficina SMA Aysén  

Respecto a las infracciones la empresa arriesga desde una amonestación por escrito, una multa y hasta la revocación de su Resolución de Calificación Ambiental.

Desde cursados los incumplimientos, el infractor dispone de un plazo de 10 días hábiles para presentar un programa de cumplimiento, y de 15 días hábiles para formular sus descargos.