El martes 14 de mayo fue publicado en el Diario Oficial, y con ello su inmediata entrada en vigencia, la nueva ley que modificó el sistema de grabado de patentes en los vehículos motorizados.
Entre los puntos centrales de la naciente normativa, se establece la obligatoriedad del grabado en al menos seis vidrios de los vehículos, algo que está establecido en la Ley 21.601 y que fue impulsado desde el ministerio de Transportes y Telecomunicaciones; y que dentro de sus primordiales resultados se espera la reducción del robo u objeto desde los móviles.
Hans Zimmermann // Seremi Transportes y Telecomunicaciones
¿Dónde se deben efectuar los grabados? Según explicaron desde el MTT, de ahora en más son seis los puntos obligatorios, proceso que eso sí tiene algunas salvedades como por ejemplo los vehículos que cuenten con su patente pintada en sus costados (como taxis o camiones), quienes deberán realizar el grabado sólo en espejos laterales y parabrisas, o para los que poseen más ventanas como furgones o buses, donde sólo se exigirá el mínimo.
Hans Zimmermann // Seremi Transportes y Telecomunicaciones
Consultado sobre las sanciones que arriesguen las personas dueñas de vehículos que no cumplan con la nueva normativa, Zimmermann explicó que no pasarán el proceso de revisión técnica, además de cursarse las respectivas multas en dinero, que alcanza cerca de cien mil pesos.
Hans Zimmermann / seremi Transportes y Telecomunicaciones
En el caso de las motos, la patente deberá estar grabada en todos sus espejos; mientras que aquellos vehículos que realizan labores policiales, de las Fuerzas Armadas o provenientes del extranjero en tránsito temporal en el país, quedarán exentos de la nueva reglamentación vigente.