Superintendencia de Medio Ambiente inició procedimiento de requerimiento de ingreso al SEIA contra proyecto Loteo El Verdín

La Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) inició un procedimiento de requerimiento de ingreso al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) respecto al proyecto “Loteo El Verdín”, cuyo titular es la Sociedad Forestal e Inmobiliaria El Verdín Ltda. Lo anterior, porque el proyecto no cuenta con una Resolución de Calificación Ambiental (RCA), aun cuando se trata de un loteo de 31 parcelas en una zona declarada saturada y que considera sistemas propios de agua potable, entre otras características.

El anuncio lo realizó la Superintendencia de Medio Ambiente a nivel local.

Óscar Leal / Jefe Oficina SMA Aysén

Este caso tiene como origen una denuncia ciudadana donde se indicó que habría una ejecución de un loteo de más de 20 parcelas, con camino que une el sector Reserva Coyhaique con El Verdín, lo que habría provocado un inusual movimiento de camiones de alto tonelaje en el camino de la zona y también se habría modificado el uso del suelo.

Al respecto, la SMA realizó un requerimiento de información al titular del proyecto inmobiliario, y se solicitó -mediante Oficio- información al Servicio Agrícola y Ganadero (SAG). Y, tras el análisis jurídico por parte de la Fiscalía de la SMA, se inició el procedimiento de requerimiento de ingreso al SEIA, luego de constatar que existían indicios suficientes para iniciar un procedimiento de requerimiento de ingreso al SEIA.

Óscar Leal / Jefe Oficina SMA Aysén

En efecto, se identificó que le podría resultar aplicable la evaluación ambiental previa de aquellos proyectos inmobiliarios que se ejecutan en zonas declaradas latentes o saturadas, cuando se cumplan los requisitos establecidos en el reglamento.

Óscar Leal / Jefe Oficina SMA Aysén

Actualmente, el titular del proyecto tiene un plazo de 15 días hábiles desde que fue notificado, para hacer valer las observaciones, alegaciones, o pruebas que estime pertinente frente a la hipótesis de elusión al SEIA. Luego de ello, y previo pronunciamiento del SEA respecto al proyecto, la SMA deberá resolver este caso.