Corte de Apelaciones rechaza recurso de amparo por Glaciar Exploradores

La Corte de Apelaciones de Coyhaique rechazó el amparo económico interpuesto por empresas de turismo, en contra de resolución administrativa, dictada por la Corporación Nacional Forestal (Conaf), que dispuso el cierre de las caminatas sobre hielo y no renovó los permisos para desarrollar ecoturismo en el glaciar Exploradores, ubicado en el Parque Nacional Laguna San Rafael.

En fallo unánime se estableció que la actuación de Conaf se ajustó a derecho y se fundó en antecedentes técnicos objetivos, emanados de un organismo competente: la Dirección General de Aguas (DGA).

Eugenio Ruiz / Seremi Agricultura

La acción de amparo fue deducida tras la dictación de la resolución N°419 del el 11 de diciembre de 2025, mediante la cual Conaf dispuso el cierre del tránsito peatonal sobre el glaciar y la no renovación de los permisos, debido a la inestabilidad estructural y riesgo geológico grave e inminente que presenta el sector frontal del glaciar Exploradores, conforme los informes técnicos elaborados entre el 2023 y 2025.

Aquello fue refrendado por la misma Corte quien entre sus argumentos precisó que “la Constitución Política de la República, al resguardar el derecho de toda persona a desarrollar cualquier actividad económica que no sea contraria a la moral, al orden público o a la seguridad nacional, impone siempre como exigencia el respeto de las normas legales que la regulen y, justamente dentro de ellas, se encasilla el fundamento del acto restrictivo cuestionado, decretado dentro del ejercicio legítimo de facultades administrativas de gestión, conservación y seguridad en un área silvestre protegida, haciendo primar el interés público por sobre el particular de orden comercial que la actividad de eco turismo involucra”.